¿Quiénes somos...?

Somos un grupo de mujeres que ha logrado asumir su condición de madres erradicando las culpas por su orientación sexual, haciéndole frente a los prejuicios de la sociedad en que vivimos.

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En esta sección subiremos noticias sobre la situación de las madres lesbianas en el mundo.

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  1. En "La Estrella On Line" (23/08/2011), encontramos el caso de Karen Atala, jueza chilena que perdió la custodia de sus tres hijas de 11, 13 y 17 años "por su orientación sexual y su convivencia con otra mujer". El caso fue remitido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por discriminación.

    Karen se separó del padre de sus hijas en el 2002 y en el 2004 la Corte Suprema Chilena determinó que el padre debía tener la custodia de las tres niñas, considerando que las pruebas presentadas "demostraban fehacientemente el daño sufrido por las menores bajo el cuidado personal de su madre", lo cual generó un debate respecto al peso que tuvo la discriminación en la definición del fallo.

    El 17 de setiembre de 2010 el caso fue remitido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que presentó una demanda contra la República de Chile y solicitó a la Corte Interamericana que declare que "el Estado chileno incurrió en responsabilidad internacional por la (presunta) violación de los derechos a la igualdad y no discriminación, vida privada y familiar, familia, protección especial de las niñas, garantías judiciales y protección judicial".

    Karen manifestó a la Corte "Quiero volver a ser una mujer íntegra (...) Ojalá esto no vuelva a pasar nunca más", dijo a la Corte la demandante. Hasta ese momento la CIDH no se había pronunciado nunca sobre un asunto de discriminación por orientación sexual y por lo tanto el fallo emitido en marzo de 2012 ha sentado un precedente muy importante.

    De acuerdo a lo informado por "Emol" (21/03/2012), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró al Estado Chileno "responsable por la violación al derecho a la igualdad y la no discriminación", y "por la violación al derecho de la vida privada". Los jueces Diego García-Sayán (presidente), Manuel Vetura Robes, Leonardo Franco, Margarette May Macaulay, Rhadys Abreu Blondet y Alberto Pérez, fallaron por unanimidad.

    El fallo obliga al Estado Chileno a brindar "atención médica, psicológica y psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud especializadas, a las víctimas que así lo soliciten". Así mismo, el Estado deberá publicar la sentencia de la CIDH en el Diario Oficial de Chile y en un diario de circulación nacional, junto a un acto de reconocimiento público, en un plazo máximo de 6 meses.

    Finalmente, el dictamen obliga al Estado Chileno a implementar programas y cursos permanentes de educación y capacitación dirigidos a funcionarios públicos a nivel regional y nacional y, particularmente, a funcionarios judiciales de todas las áreas y escalafones de la rama, así como "pagar determinadas cantidades por concepto de indemnización por daño material e inmaterial y por el íntegro de costas y gastos, según corresponda"

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